Si quereis saber las retribuciones que os van a pagar por vuestro trabajo durante este año 2013 debéis pinchar AQUÍ y luego acudir al artículo 6 de esta orden y al anexo II, página 45 del BOCM dónde hallaréis las retribuciones complementarias. Por ejemplo el complemento de destino lo tenéis en la página 55 y el de dedicación exclusiva en la página 57.
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Qué eficaz! Muy bien.
ResponderEliminarMuy bien toda la información que pones. Estería bien que siguieras en la misma linea.
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